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DeclaraciĆ³n de derechos del titular de la pĆ³liza de Luisiana

A continuaciĆ³n, destacamos algunos de los derechos comĆŗnmente violados: Ā”la mayorĆ­a de los titulares de pĆ³lizas no saben que tienen derechos legales! ComunĆ­quese con nosotros y revisaremos para ver si se han violado sus derechos a un perĆ­odo de 30 dĆ­as para la resoluciĆ³n, y le explicaremos las sanciones y los recursos disponibles para usted.

La ley de Luisiana sanciona la falta de pago y el pago insuficiente de sus reclamos por daƱos a la propiedad, Ā”duplicando el monto como multa que debe pagar la aseguradora!

 "... el cincuenta por ciento de la diferencia entre el monto pagado o presentado y el monto que se determina que se adeuda, asĆ­ como los honorarios y costos razonables de los abogados. El asegurador no utilizarĆ” tales penalidades para calcular la experiencia de pĆ©rdida pasada o futura para el propĆ³sito de establecer tarifas o hacer declaraciones de tarifas".

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Los derechos enumerados garantizan que recibirƔ un trato justo, oportuno y libre de prƔcticas engaƱosas e injustas...

Ā§41. DeclaraciĆ³n de derechos del titular de la pĆ³liza

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       Los siguientes artĆ­culos existen en los estatutos de Luisiana y servirĆ”n como estĆ”ndares para una declaraciĆ³n de derechos de los titulares de pĆ³lizas y no crean causas adicionales de acciones o sanciones adicionales que no estĆ©n previstas en los estatutos de Luisiana:

       (1) Los asegurados tendrĆ”n derecho a prĆ”cticas de precios competitivos y mĆ©todos de mercadeo que les permitan determinar el mejor valor entre coberturas comparables de acuerdo con RS 22:1964.

       (2) Los asegurados tendrĆ”n derecho a publicidad de seguros que no sea falsa y otros enfoques de venta que brinden informaciĆ³n precisa y equilibrada sobre los beneficios y limitaciones de una pĆ³liza de acuerdo con RS 22:1964.

       (3) Los asegurados tendrĆ”n derecho a una compaƱƭa de seguros financieramente estable.

       (4) Los asegurados tendrĆ”n derecho a ser tratados de manera justa y libres de actos o prĆ”cticas desleales o engaƱosos de acuerdo con RS 22:1961 et seq.

       (5) Los asegurados tendrĆ”n derecho a recibir servicio de productores de seguros honestos y competentes que responderĆ”n sus preguntas con prontitud.

       (6) Los asegurados tendrĆ”n derecho a recibir el formulario de divulgaciĆ³n apropiado como un inserto en el anverso de la pĆ³liza que cumpla con RS 22:1319 y 1332.

       (7) Los asegurados tendrĆ”n derecho a una regulaciĆ³n equilibrada y positiva por parte del Departamento de Seguros.

       (8) Los asegurados tendrĆ”n derecho a verificar el estado de la licencia de una compaƱƭa de seguros, productor o ajustador.

       (9) Los asegurados tendrĆ”n derecho a recibir un aviso por escrito de cancelaciĆ³n o no renovaciĆ³n al menos treinta dĆ­as antes de la fecha de vigencia de la cancelaciĆ³n o no renovaciĆ³n, a menos que la cancelaciĆ³n o no renovaciĆ³n sea por falta de pago de la prima y tendrĆ”n derecho a protecciĆ³n de cancelaciĆ³n indebida o no renovaciĆ³n de acuerdo con RS 22:1265 y 1333.

       (10) Los asegurados tendrĆ”n derecho a recibir por escrito el motivo de cualquier cancelaciĆ³n o no renovaciĆ³n de la cobertura. La declaraciĆ³n escrita debe proporcionar una explicaciĆ³n de la cancelaciĆ³n o no renovaciĆ³n de la cobertura.

       (11) Los asegurados tendrĆ”n derecho a cancelar su pĆ³liza y recibir un reembolso de cualquier prima no devengada. Si una pĆ³liza fue financiada por una compaƱƭa financiera de primas, la prima no devengada se devolverĆ” a la compaƱƭa financiera de primas para pagar el prĆ©stamo financiero del titular de la pĆ³liza.

       (12) Los asegurados tendrĆ”n derecho a una notificaciĆ³n por escrito que detalle cualquier cambio en las disposiciones de la pĆ³liza en el momento de la renovaciĆ³n.

       (13) Los asegurados tendrĆ”n derecho a recibir el pago del monto de cualquier reclamo por daƱos a la propiedad, o una parte del reclamo, debido o una oferta por escrito para liquidar cualquier reclamo por daƱos a la propiedad dentro de los treinta dĆ­as posteriores a la recepciĆ³n de prueba satisfactoria de pĆ©rdida de acuerdo con con lo dispuesto en RS 22:1892 y 1973. Si se niega un reclamo, el asegurado tendrĆ” derecho a recibir una explicaciĆ³n por escrito del motivo de la denegaciĆ³n, total o parcial, de cualquier reclamo hecho bajo su pĆ³liza de seguro.

       (14) En relaciĆ³n con los reclamos de daƱos a la propiedad de primera parte, los tenedores de pĆ³lizas tendrĆ”n derecho a solicitar y recibir de la compaƱƭa de seguros cualquier estimaciĆ³n, oferta, plano, mediciĆ³n, dibujo, informe de ingeniero, informe de contratista, declaraciones o documentos que no sean legalmente privilegiados que la compaƱƭa de seguros preparĆ³, hizo preparar o usĆ³ durante el ajuste de la reclamaciĆ³n del titular de la pĆ³liza. Una empresa puede mantener notas confidenciales del ajustador, registros y cualquier documento preparado en conjunto con una investigaciĆ³n de fraude.

       (15) Los asegurados tendrĆ”n derecho a presentar una queja contra cualquier compaƱƭa de seguros, productor o ajustador ante el Departamento de Seguros, y hacer que el departamento investigue esa queja.

       (16) Los asegurados tendrĆ”n derecho a una pĆ³liza legible, a recibir una pĆ³liza de seguro de propiedad completa ya solicitar un duplicado o una pĆ³liza de reemplazo segĆŗn sea necesario.

       (17) Los asegurados tendrĆ”n derecho a los recursos previstos en RS 22:1892 si un asegurador viola esa SecciĆ³n en el manejo de la reclamaciĆ³n.

Comencemos: envĆ­e su nombre y correo electrĆ³nico y le explicaremos sus derechos.

Ā”Gracias por enviar!
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